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El edicto o la última alternativa en el proceso civil

Publicación: Abril 2017
Autor: Departamento Jurídico Sepín Proceso Civil
ISBN: 978-84-1332-780-8
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 3656 · Id Edición: 37692

El artículo 164 LEC prevé para los casos de imposibilidad de localización del demandado la notificación por edictos. ¿En qué supuestos es nula la notificación edictal?

No debe nunca perderse de vista que esta forma de comunicación, en general, tanto en los procesos declarativos como en fase ejecutiva, tiene carácter excepcional. Por ello, la Jurisprudencia Constitucional, abiertamente subraya la subsidiariedad de la comunicación edictal y el deber que se le impone al órgano judicial para que agote los medios que tenga a su alcance para notificar a la parte la existencia del proceso en su domicilio real.

A ello contribuye la existencia del Punto Neutro Judicial en los órganos judiciales que facilita el cumplimiento de esta exigencia constitucional. Por este motivo es aconsejable pedir la colaboración del Juzgado mediante la utilización de esta herramienta informática para la averiguación del domicilio antes de acudir al edicto.
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