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Repercusión de gastos de Comunidad al arrendatario: Arrendamientos posteriores a 1 de enero de 1995
Publicación: Diciembre 2015
Autor: Departamento Jurídico de Sepin Arrendamientos Urbanos
ISBN: 978-84-1332-494-4
Autor: Departamento Jurídico de Sepin Arrendamientos Urbanos
ISBN: 978-84-1332-494-4
Precio: 18 € + IVA
Referencia: 3068 · Id Edición: 29351
Las gastos de Comunidad podrán repecutirse al arrendatario conforme el art.20 de la LAU en los contratos posteriores al 1 de enero de 1995, siempre que se cumplan ciertos requisitos como el pacto escrito, la determinación del importe, etc. Analizamos en este estudio todas estas cuestiones.
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