Las siete reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal durante 2015
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Penal
ISBN: 978-84-1332-386-2
Referencia: 3162 · Id Edición: 5693
Tanta profusión de normas reformadoras requería un examen conjunto de las mismas que ofreciera tanto una visión individualizada de cada una de ellas, como un examen global de las mismas, a modo de Guía práctica que facilitara el estudio de la nueva redacción de la Norma Procesal Penal. A ese propósito obedece este estudio efectuado tanto a través de la exposición de las referidas normas, sus antecedentes, cuadros comparativos, formularios y esquemas, como mediante con el análisis doctrinal de las mismas.
Contenidos de esta publicación:
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Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de reforma de la LECrim
LO 13/2015, 5 octubre-Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el Fortalecimiento de las Garantías Procesales y la Regulación de las Medidas de Investigación Tecnológica
Entrada en vigor: 6 de diciembre de 2015
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Ley 41/2015, de 5 de octubre, de reforma de la LECrim
L 41/2015, 5 octubre-Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la Agilización de la Justicia Penal y el Fortalecimiento de las Garantías Procesales
Entrada en vigor: 6 de diciembre de 2015
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L 34/2015, 21 septiembre-Modificación Parcial de la L 58/2003, 17 diciembre, General Tributaria
Entrada en vigor: 7 de octubre de 2015
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Entrada en vigor: 28 de octubre de 2015
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LO 5/2015, 27 abril-Modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 6/1985, 1 julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, 20 octubre 2010, relativa al Derecho a Interpretación y a Traducción en los Procesos Penales y la Directiva 2012/13/UE, 22 mayo 2012, relativa al Derecho a la Información en los Procesos Penales
Entrada en vigor: 28 de octubre de 2015
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Directiva 2012/13/UE, relativa al derecho a la información en los procesos penales
Directiva 2012/13/UE, 22 mayo 2012-Relativa al Derecho a la Información en los Procesos Penales
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Directiva 2010/64/UE sobre el derecho a interpretación y a traducción en procesos penales
Directiva 2010/64/UE, 20 octubre 2010-Derecho a Interpretación y a Traducción en Procesos Penales
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Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica el Código Penal
LO 1/2015, 30 marzo-Modifica LO 10/1995, 23 noviembre, del Código Penal
Entrada en vigor: 1 de julio de 2015
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Las siete modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal durante 2015
Departamento jurídico de SEPÍN
Esquema
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Cuadro Comparativo de la reforma de la LECrim por la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre
Departamento Jurídico de SEPIN
Cuadro Comparativo
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Cuadro Comparativo de la reforma de la LECrim por la Ley 41/2015, de 5 de octubre
Departamento Jurídico de SEPIN
Cuadro Comparativo
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Departamento Jurídico de SEPIN
Esquema
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Departamento Jurídico de SEPIN
Cuadro Comparativo
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Cuadro Comparativo de la reforma de la LECrim por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre
Departamento Jurídico de SEPÍN
Cuadro Comparativo
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Cuadro Comparativo de la reforma de la LECrim por la Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril
Departamento Jurídico de SEPIN
Cuadro Comparativo
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Departamento Jurídico de SEPIN
Cuadro Comparativo
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Departamento Jurídico de SEPIN
Cuadro Comparativo
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Siete leyes y un proceso. Las siete reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el año 2015
Silvia Albert Pérez. Fiscal
Artículo Monográfico
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Faustino Gudín Rodríguez-Magariños Magistrado. Secretario Judicial excedente. Doctor en Derecho. Licenciado en Criminología.
Artículo Monográfico
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José Luis Rodríguez Lainz. Magistrado del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Córdoba
Artículo Monográfico
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Diversas cuestiones en relación con las intervenciones telefónicas en la reforma de la LECrim
Coordinadores: Julián Sánchez Melgar, Magistrado de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo. Doctor en Derecho / José Manuel Maza Martín, Magistrado de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo
Encuesta Jurídica
En relación con la nueva regulación de las intervenciones telefónicas:
1. El plazo de dos años que, como máximo, se prevé para las mismas, ¿es el adecuado o ha de ponerse en conexión con el delito investigado?
2. ¿Ese plazo hay que referirlo a un terminal o a una persona investigada?
3. Si una vez transcurrido el plazo surgieran nuevos elementos para investigar a la persona que ha sido afectada por la injerencia, ¿se podría reiniciar el plazo?
4. ¿Ese plazo debe coordinarse con el general de la duración de la instrucción que se inaugura con la Reforma? -
Publicadas las dos últimas modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de esta legislatura
Roberto Guimerá Ferrer-Sama Director Técnico de Penal. Abogado
Opinión
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M.ª del Carmen Molina Mansilla. Magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1 de Torrevieja (Alicante). Doctora en Derecho
Artículo Monográfico
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Comentario al Anteproyecto de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
M.ª del Carmen Molina Mansilla. Magistrada. Doctora en Derecho
Artículo Monográfico