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Expedientes de Jurisdicción Voluntaria en materia de derechos reales

Publicación: Julio 2015
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Proceso Civill
ISBN: 978-84-1332-434-0
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 3088 · Id Edición: 5976

La Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, ha establecido dos expedientes respecto a los derechos reales.

El primero viene referido a la autorización judicial al usufructuario para reclamar créditos vencidos que formen parte del usufructo, y que es de aplicación cuando se ejercite dicha acción por el usufructuario, que deberá estar dispensado de prestar fianza o no hubiese podido constituirla, o la constituida no fuese suficiente y no cuente con la autorización del propietario para hacerlo, así como para poner a interés el capital obtenido con dicha reclamación si no cuenta con el acuerdo del propietario.

El segundo de los expedientes, viene establecido para el deslinde fincas no inscritas en el Registro de la Propiedad, ya que si las fincas estuvieran inscritas, se aplica lo dispuesto en la Ley Hipotecaria.

De igual forma, no se aplicara cuando los inmuebles pertenezcan a las Administraciones Públicas, cuyo deslinde se practicará conforme su legislación específica.