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Las Juntas extraordinarias, ¿cómo?, ¿cuándo?, ¿para qué?

Publicación: Enero 2018
Autor: Departamento Jurídico de Sepin Propiedad Horizontal
ISBN: 978-84-1332-952-9
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 4287 · Id Edición: 42607

El art. 16.1 señala "La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de estos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación". Es decir, se señalan dos tipos de Juntas, las ordinarias y las extraordinarias. Son estas últimas a las que dedicamos este estudio.

¿Qué requisitos han de cumplir? ¿Quién la puede convocar? ¿Cómo ha de hacerse la convocatoria? ¿Con cuánto tiempo? ¿Qué asuntos se pueden tratar?
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