Las cubiertas: calificación, reparaciones, quorum para arrendarla
Autor: Departamento Jurídico de Sepin Propiedad Horizontal
ISBN: 978-84-1332-169-1
Referencia: 1875 · Id Edición: 20622
Se debe tener en cuenta que, tras la reforma de la LPH por la Ley 8/2013, con entrada en vigor el 28 de junio, se han visto afectados algunos conceptos de este JP:
- En la actualidad para la alteración de la estructura o fábrica del edificio, incluyendo el cerramiento de terrazas, ya no es necesario el acuerdo unánime, bastará con el de las tres quintas partes de la totalidad de cuotas y propietarios, además del obligado permiso administrativo (art. 10.3.b) LPH).
- Se fijan determinadas obras como de necesario cumplimiento para la Comunidad, como señala el art. 10. Estas no requerirán, dice la Ley, acuerdo de la Junta de Propietarios, impliquen o no modificación del Título Constitutivo o de los Estatutos. De este modo, al tener el carácter de obligatorias, tanto en la ejecución como en el pago, el acuerdo de la Junta se limitará a la distribución de la derrama y a la determinación de los términos de su abono.
- En relación con las mejoras, el quorum para este tipo de obras o instalaciones se ha incrementado; antes era de mayoría y ahora de tres quintas partes de la totalidad de cuotas y propietarios. (art.17.4 )
Contenidos de esta publicación:
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Presentación
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Calificación
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Obras
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Mantenimiento y reparaciones
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Daños
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Arrendamiento de la cubierta
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Bajo cubiertas