Volver

Custodia compartida: Formas de pago de la pensión alimentos en Cataluña

Publicación: Julio 2020
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Famillia y Sucesiones
ISBN: 978-84-1333-597-1
Precio: 20 € + IVA

Referencia: 5904 · Id Edición: 56622

La obligación de alimentos de los progenitores no cesa porque el sistema de guarda de los hijos sea la custodia compartida, aunque debe respetarse el principio de proporcionalidad. La doctrina es rotunda en este sentido, como se observa en la Encuesta Jurídica incluida en este trabajo. Pero ¿cómo fijar la forma de pago de la pensión por cada uno de ellos? Los Tribunales catalanes ofrecen varias soluciones: es importante tener en cuenta los gastos ordinarios y los extraordinarios; podrá determinarse la misma contribución a cargo de ambos, establecer una contribución específica y diferente por cada uno, atender a los gastos de estancias y pago diferente para otros gastos o asignar una pensión determinada a cargo de uno de los progenitores porque sus ingresos sean mayores que los del otro. Finalmente, son cada vez más frecuentes las resoluciones que disponen la obligación de que se abra una cuenta conjunta en la que ingresar la cantidad señalada y/o domiciliar la pensión de los hijos.
Publicación incluida con los siguientes servicios de suscripción:

Contenidos de esta publicación: