Visitas. Modalidades: abuelos, otros parientes y allegados, acogimiento y supuestos de violencia
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Familia y Sucesiones
ISBN: 978-84-1332-196-7
Referencia: 1772 · Id Edición: 13693
El propio Tribunal Supremo ha reconocido que abuelos y nietos tienen derecho a relacionarse y que se trata de un derecho-deber, beneficioso para ambos, que solo podrá denegarse cuando concurra justa causa
Son también referentes importantes en el desarrollo de los menores sus hermanos, otros parientes, y los allegados, entre los que podemos incluir a las parejas de los progenitores.
Con respecto a los menores en acogida, una vez más el beneficio e interés de los menores marcará la procedencia de establecer, restringir o suspender el régimen de visitas con sus progenitores, abuelos o con otros parientes. Finalmente, en los supuestos de violencia procederá la suspensión de las visitas del padre cuando existan episodios de violencia entre los progenitores o bien contra el propio hijo, aunque siempre que el hecho no haya afecta directa o indirectamente al menor, la relación con los progenitores no debe verse afectada y se establece, como mecanismo de control y ayuda el Punto de Encuentro Familiar.
Contenidos de esta publicación:
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Presentación
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Abuelos
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Hermanos
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Otros parientes
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Allegados, parejas
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Menores en acogida
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En supuestos de violencia