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El Real Decreto-Ley 2/1985 y la prórroga forzosa
Boletín Arrendamientos Urbanos Junio 2010
28/06/2010 11:20:00
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El Real Decreto-Ley 2/1985 y la prórroga forzosa
Daniel Loscertales Fuertes
Abogado y Presidente de la Editorial Jurídica Sepín
El autor ha insistido en numerosas ocasiones sobre la necesidad de dar una salida a los contratos de arrendamiento con prórroga forzosa firmados vigente el Real Decreto-Ley 2/1985, que fueron entonces muy numerosos, donde las partes a pesar de la existencia de libertad de pactos en la contratación, fijaron un plazo indefinido o con prórroga forzosa.
En este sentido, la Disposición Transitoria Primera de la LAU, en los arrendamientos realizados a partir del 9 de mayo de 1985 y hasta la vigencia de la actual legislación, deja sin solución alguna a los contratos en los que figura claramente el pacto con "prórroga forzosa" y también a los que del contenido documental se desprende la misma conclusión, ya sean viviendas o locales. Y, precisamente por ello, dicha cuestión ha sido objeto de numeras resoluciones del Tribunal Supremo que se comentan en este trabajo, incluyendo las cuatro recientes de 10 y 18 de marzo de 2010.