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Ley antitabaco: no es indemnizable al titular del establecimiento la prohibición de venta de tabaco
Boletín Administrativo Junio 2010
28/06/2010 11:29:00
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Ley antitabaco: no es indemnizable al titular del establecimiento la prohibición de venta de tabaco
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, 29-4-2010
El recurso resuelto mediante la STS de 29 de abril de 2010 tiene por objeto la pretensión de que se declare la responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados por el cese de la actividad de venta de tabaco con recargo.
La recurrente era titular de un negocio dedicado a “la venta de objetos relacionados con el fumador”, estando autorizada para realizar, como actividad complementaria, la venta al por menor de tabaco, con el consiguiente recargo sobre los precios de venta en expendeduría. Alegaba que, como consecuencia de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se le había privado de forma repentina e imprevisible del ejercicio de una actividad que venía ejerciendo legalmente y, en síntesis, consideraba que con el referido acto legislativo se le había producido una auténtica expropiación.
El TS, tras analizar los requisitos de la responsabilidad patrimonial por actos legislativos, rechaza la pretensión indemnizatoria bajo el argumento de que los efectos económicos que la aplicación de la Ley contra el tabaquismo pudiera ocasionar a determinados establecimientos eran previsibles y se pudieron evitar y paliar dado el largo procedimiento de elaboración de la Ley y la repercusión de la misma. No existió, en palabras del Tribunal, quebrantamiento del “principio de la confianza legítima”.