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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Girona, Sec. 2.ª, 9/2020, de 13 de enero. Recurso 639/2019

Ponente: JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
SP/SENT/1037988
Gestión Documental
 La utilización de la vivienda por autorización de dueño o de anteriores ocupantes a los que hubiera autorizado, no implica la existencia de un título que justifique la posesión, siendo una situación de precario
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 La acción de desahucio por precario es imprescriptible
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 Legitimación activa de la demandante para interponer el desahucio por precario, al acreditar su titularidad sobre la vivienda, aunque registralmente figure como titular la sociedad que luego se fusionó con la actora
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. En fecha 11 de octubre de 2019 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 49/2019 remitidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Girona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª ROSA MARIA TRIOLA VILA, en nombre y representación de Dª Adriana contra la sentencia de fecha 14 de junio de 2019 y en el que consta como parte apelada el Procurador D. PERE FERRER FERRER, en nombre y representación de CRITERIA CAIXA, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL.
SEGUNDO. El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:
"FALLO
Que, estimando como estimo íntegramente la demanda presentada por la representación procesal de , CRITERIA CAIXA SA , debo declarar y declaro la condicion de precaristas de Adriana, y demás los IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en Salt , CALLE000 NUM000, esc NUM001 , a los que condeno a dejar la finca libre y a disposicion de sus propietarios, advirtiendoles de lanzamiento si no lo hicieran por si mismos.
Condeno en costas a la demandada. "
TERCERO. El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 13/01/2020.
CU
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