Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos
TS, Sala Primera, de lo Civil, 423/2012, de 28 de junio. Recurso 198/2008
Ponente: JUAN ANTONIO XIOL RIOS
SP/SENT/687919
Al solicitarse la licencia de edificación con anterioridad a la entrada en vigor de la LOE, no es de aplicación lo establecido en su disposición adicional séptima sobre la intervención provocada
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El arquitecto y el aparejador llamados al proceso mediante intervención provocada no son parte en el proceso al no haber dirigido contra ellos el demandante ninguna pretensión
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia número 54 de Madrid dictó sentencia de 15 de noviembre de 2006 , en el juicio de ordinario n.º 1165/2005, cuyo fallo, aclarado por auto de 29 de noviembre de 2006, dice:
«Fallo.
»Estimo íntegramente la demanda presentada por la comunidad de propietarios de la parcela NUM000 del PAU de Valdebernardo CALLE000 NUM001 - NUM002 y DIRECCION000 NUM003 - NUM004 , representada por la procuradora D.ª Elena Puig Turégano, contra FCC Construcciones, S.A., Dragados, S.A. y Grupo Acciona Infraestructuras S.A., representadas por el procurador D. Alejandro Escudero Delgado; y habiendo sido partes, por llamada de los demandados D. Alexander y D. Clemente , representados ambos por el procurador D. José Pedro Vila Rodríguez, y D. Gerardo , representado por la procuradora D. María Jesús Pintado de Oyagüe, debo declarar y declaro que se deben de ejecutar las obras descritas en los fundamentos jurídicos octavo a decimotercero, de la forma que se expresan en los mismos fundamentos jurídicos de la presente sentencia; y debo condenar y condeno FCC Construcciones, S.A., Dragados, S.A. y Grupo Acciona Infraestructuras S.A., a abonar a la comunidad de propietarios de la parcela NUM000 del PAU de Valdebernardo CALLE000 NUM001 - NUM002 y DIRECCION000 NUM003 - NUM004 , para el caso de no ejecutarse por FCC Construcciones, S.A., Dragados, S.A. y Grupo Acciona Infraestructuras S.A., la cantidad fijada en el fundamento jurídico decimocu