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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

TS, Sala Primera, de lo Civil, 183/2011, de 15 de marzo. Recurso 2226/2007

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/623444
Gestión Documental
 El beneficiario del seguro de crédito interior está legitimado activamente para reclamar a la aseguradora el cumplimiento de su obligación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- 1.- El Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de Banitrox, S.A, interpuso demanda de juicio de menor cuantía, contra Compañia Española de Seguros de Crédito a la Exportación S.A. Cia de Seguros y Reaseguros (Cesce) y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que se declare que la entidad aseguradora demandada está obligada, en virtud de la póliza suscrita con mi representada y por el siniestro derivado de la Quiebra del deudor Arcopesca S.L., a indemnizar en la cuantía que resulta de multiplicar por 35 el total de la prima devengada y, en consecuencia, se le condene a abonar una indemnización total de setenta y cinco millones setenta y tres mil setecientas setenta y cinco pesetas (75.073.775 pesetas) en aplicación de dicha póliza y de las cesiones de derechos efectuadas; así como también se le condene, por haber incurrido en mora, al pago de los correspondientes intereses con arreglo a la nueva redacción dada al art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro por la Disposición Adicional Sexta de la Ley 30/1995 de 8 de noviembre. Y todo ello con expresa imposición a la demandada de las costas de este juicio.
2.- El Procurador Don Antonio Puyol Varela, en nombre y representación de Compañia Española de Seguros de Crédito a la Exportación S.A. Cia de Seguros y Reaseguros (Cesce), contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que con
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