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 Jurisprudencia

Juzgado de lo Penal Granada, n.º 1, 257/2018, de 18 de julio. Recurso 71/2018

Ponente: MANUEL PIÑAR DIAZ
SP/SENT/963785
Gestión Documental
 Delito de sustracción de menores a llevarse a los hijos del país donde viven con ambos progenitores y no devolverlos ni siquiera tras la resolución judicial firme que le impone la devolución de los menores
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 Al ser dos los hijos que se vieron privados de la relación con su progenitor el tiempo que duró la sustracción, se entiende que hay dos delitos
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 El delito de desobediencia a las resoluciones judiciales que imponían la entrega de los menores queda absorbido por el delito más grave, la sustracción de los menores
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 A la hora de fijar la pena, se tiene en cuenta la exteriorización por la madre de la falta de respeto por la imagen pública del padre y la gran difusión que se dio a esta, permitiendo constancia documental a la que podrán acceder los menores
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 Se fija en 30.000 euros la indemnización al progenitor víctima de los hechos por la campaña de difamación contra el mismo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Se dio inicio a las actuaciones por denuncia recogida en atestado. Practicadas las diligencias de investigación, el Juzgado de Instrucción dio traslado al Ministerio Fiscal; se solicitó la apertura del Juicio Oral y se formuló acusación contra .
Abierto el Juicio Oral se dio traslado a la defensa, que presentó su escrito de calificación provisional, tras lo cual el Juzgado elevó las actuaciones a reparto para su enjuiciamiento.
SEGUNDO: Turnada la causa por reparto a este Juzgado, se señaló día para juicio, acto que tuvo lugar en forma oral y pública, con la asistencia del Ministerio Fiscal, acusación particular de la acusada y del letrado que ejerce la defensa; se practicaron las pruebas pertinentes, dándose cumplimiento a todas las formas legales, según consta en el acta .
TERCERO: El Ministerio Fiscal y acusación particular en sus conclusiones definitivas calificaron los hechos como constitutivos de dos delitos de sustracción de menores en concurso de normas con un delito de desobediencia, comprendidos en los artículos 225,bis 1, bis 2.1º y .2º y 556 del Código Penal penados conforme al art 8.1 y 4 , y estimaron responsable del mismo en concepto de autora a la referida acusada sin la concurrencia de circunstancias modificativas, solicitando las penas y responsabilidades de 2 años y 6 meses de prisión por cada delito de sustracción de menores con accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo, in
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