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Arrendamientos Urbanos

SP/DOCT/114473

Opinión. Octubre 2021

Medidas de alquiler de vivienda COVID-19 prorrogadas hasta el 28 de febrero de 2022 (RDL 21/2021, de 26 de octubre)

Begoña Costas de Vicente. Directora de Sepín Arrendamientos Urbanos. Abogada
RESUMEN

El Real Decreto-Ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, amplia los plazos de solicitud hasta el 28 de febrero de 2022, respecto a la suspensión de los procedimientos de desahucio y los lanzamientos, la prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo de seis meses, y la posibilidad de solicitar la moratoria o reducción de la renta cuando el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor .
Al mismo tiempo las compesaciones a arrendadores o propietarios se extienden hasta el 31 de marzo de 2022 conforme el RDL 21/2021, de 26 de octubre.

Royal Decree-Law 21/2021, of October 26, extending the social protection measures to address situations of social and economic vulnerability, extends the application deadlines until February 28, 2022, with respect to the suspension of eviction and foreclosure proceedings, the extraordinary extension of the lease term for a period of six months, and the possibility of applying for a moratorium or rent reduction when the lessor is a company or public housing entity or a large landlord. At the same time, the compensation to lessors or owners is extended until March 31, 2022 according to RDL 21/2021, of October 26.

PALABRAS CLAVE

Ayudas alquiler de vivienda, COVID-19

Housing rental aid, COVID-19

Gestión Documental
Nota editorial: La medida de suspensión del desahucio y compensación a los arrendadores y propietarios han sido ampliadas por RDL 2/2022, de 22 de febrero, hasta el 30 de septiembre de 2022 y 31 de octubre de 2022, respectivamente. Por el contrario, las medidas de prórroga de la duración del contrato y la moratoria en el pago de la renta han finalizado el 28 de febrero de 2022, al no ser extendidas en el citado RDL 2/2022.
I. Introducción
Ya hemos perdido la cuenta de las veces que se han prorrogado las medidas contenidas en el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan Medidas Urgentes Complementarias en el Ámbito Social y Económico para hacer frente al COVID-19, para familias vulnerables como consecuencia de la crisis originada por la pandemia, lo que hasta cierto punto considerábamos admisible en aquellos primeros meses de confinamiento y restricciones del año 2020, debido a la repercusión negativa en los alquileres de vivienda ante la imposibilidad de los arrendatarios de cumplir con el pago de la renta, dejando al margen la intromisión del Estado en un bien que forma parte de la propiedad privada del arrendador. Pero lo cierto es que, pasado año y medio desde la aprobación del citado real decreto-ley, con entrada en vigor el 2 de abril de 2020, el Gobierno ha aprobado la propuesta de EH Bildu para prorrogar las medidas contempladas en el llamado "escudo social", que hubieran finalizado el 31 de octubre, con el apoyo de los dos partidos, PSOE y Unidas Podemos, en la que se comprometen a mantener "mientras sea necesario" las medidas en materia de vivienda y suministros básicos contempladas en el escudo social "hasta que se arbitren otros mecanismos de carácter permanente", es decir, todo ello mientras la "futura Ley de la Vivienda", cuyo anteproyecto ha sido aprobado en Consejo de Ministros el martes 26 de octubre, tenga su entrada en vigor, lo que sucederá dentro de
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