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Extranjería

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, de 19 de abril de 2021. Recurso 503/2020

Ponente: RAFAEL VILLAFAÑEZ GALLEGO
SP/SENT/1098345
Gestión Documental
 Autorizada la consulta no es precisa la aportación del certificado, sólo cuando no se conceda la autorización, al tratarse de datos sensibles, deberá aportarse por el promotor el certificado
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 Negar la nacionalidad basándose en la no aportación de antecedentes penales cuando se ha autorizado expresamente su consulta no es conforme a los principios jurídicos
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 El informe preceptivo del Ministerio del Interior debe elaborarse por la administración, por lo que su ausencia no es razón para denegar la nacionalidad, tres años después de la solicitud
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 4 de marzo de 2020, se interpuso recurso contencioso-administrativo.
SEGUNDO.- Tras varios trámites se formalizó demanda el 2 de octubre de 2020.
TERCERO.- La Abogacía del Estado presentó escrito de contestación el 20 de octubre de 2020.
CUARTO.- Tras los trámites oportunos se procedió a señalar para votación y fallo el día 15 de abril de 2021.
Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Rafael Villafáñez Gallego, quien expresa el parecer de la Sala.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Sobre la Resolución recurrida.
PRIMERO.- Se interpone recurso contra la denegación por silencio de la solicitud de nacionalidad española por residencia.
Son hechos relevantes para la solución del litigio los siguientes:
1.- La demandante es nacional de República Dominicana y el 22 de septiembre de 2017 presentó formulario solicitando la nacionalidad española por residencia -caso general-.
2.- Siendo importante destacar que en la solicitud prestó su " consentimiento en la comprobación automática de los siguientes datos: realización de la prueba del Instituto Cervantes; datos de empadronamiento; datos en el Registro Central de Penados; datos relativos a la residencia en España que obran en poder de la Secretaría de Estado de Administración Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas".
3.- Con la solicitud presentó la siguiente documentación:
a.- Permiso de residencia en España.
b.- Certificado de nacimiento en la República Dominicana .
c.-Certificado de ausencia de antecedentes penales en la República Dominicana.
d.- Pasaporte.
e.- Tasa.
f.- Certificado con la calificación de apto en la prueba de conocimientos constitucionales y sociocultural
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