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Extranjería

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 1428/2022, de 3 de noviembre. Recurso 4123/2021

Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
SP/SENT/1165386
RESUMEN

Adquisición de nacionalidad española por residencia. Buena conducta cívica. Padecimiento de una enfermedad mental crónica. Valoración. Voto Particular discrepante.

Gestión Documental
 Concesión de nacionalidad española: el padecimiento de una enfermedad mental crónica puede justificar que se prescinda de conductas realizadas bajo los efectos de dicha enfermedad a la hora de valorar la buena conducta cívica
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 La Sala de instancia no se ha ajustado en su sentencia a la doctrina establecida al no tomar en consideración la totalidad de las circunstancias concurrentes en el caso y no hacer una razonable valoración de conjunto de las mismas
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 Derecho a la concesión de la nacionalidad: paciente esquizofrénico con antecedentes por repuntes aislados de su enfermedad controlada pero que, analizando todas las circunstancias, está integrado en la sociedad y cultura española
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 VOTO PARTICULAR
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La representación procesal de D. Arsenio interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 24 de marzo de 2014, confirma en reposición el 5 de junio de 2017, del Director General de los Registros y del Notariado -por delegación del Ministro de Justicia- que denegó la solicitud de concesión de la nacionalidad española por razón de residencia.
SEGUNDO.- La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, dictó sentencia en fecha 26 de abril de 2020, cuyo fallo literalmente establecía:
"[...] Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Arsenio contra la resolución de 5 de junio de 2017, que en reposición confirmó la denegación de la nacionalidad por acuerdo del Director General de los Registros y del Notariado por delegación del Ministro de Justicia, con expresa condena en costas que no podrán exceder de 1.500 euros."
TERCERO.- Contra la referida sentencia preparó recurso de casación la representación procesal de D. Arsenio, el cual se tuvo por preparado en auto de fecha 28 de mayo de 2021 dictado por el Tribunal de instancia, con emplazamiento de las partes para su comparecencia ante este Tribunal Supremo y remisión de las actuaciones.
CUARTO.- La Sección de Admisión de la Sala Tercera del Tribunal Supremo en auto de fecha 20 de abril de 2022 declaró que la cuestión planteada en e
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