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Administrador de Fincas

AP Alicante, Elche, Sec. 9.ª, 569/2009, de 26 de octubre. Recurso 1534/2007

Ponente: DOMINGO SALVATIERRA OSSORIO
SP/SENT/496080
Gestión Documental
 La privación del uso de la piscina a un comunero y su hijo pequeño durante el verano supone un daño moral que la Comunidad de Propietarios está obligada a resarcir económicamente, siempre de forma proporcional y moderada
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrevieja en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 17/3/09 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "I. Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Beltrán Ferrer, en nombre y representación Doña. Rosaura contra la Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000 , Fase NUM000 ", representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Torregrosa Grima.
II. Consecuencia de lo anterior:
1º Declaro la nulidad de todos y cada uno de los acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria celebrada por la comunidad vecinal demandada el día 23 de junio 2007;
2º Condeno a dicha comunidad de propietarios a restituir, inmediato, a la parte actora, la llave de acceso al recinto de la piscina comunitaria, sin que para ello tenga ésta que abonar sanción, ni contraprestación económica alguna;
3º Condeno a la comunidad de propietarios demandada a abonar a la parte actora, en concepto de daño moral derivado de los hechos objeto de este procedimiento, la cantidad de 1.000 euros;
4º Todo ello con expresa imposición de las costas de este procedimiento a la parte demandada."
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte actora en tiempo y forma que fue admitido en ambos e
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