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Familia y Sucesiones

SP/DOCT/17787

Opinión. Septiembre 2013

Comienzo del curso escolar: ¿cómo pagar los gastos?

Natalia García. Directora de Sepin Familia. Abogada
Gestión Documental
El comienzo del curso escolar marca un nuevo tiempo. En él resulta necesario determinar cómo afrontar los numerosos gastos que requieren los hijos en estas fechas. La lista puede ser larga y se inicia con la compra de los libros, del material escolar, pero sigue con la matrícula, el seguro, la ropa, los uniformes, las actividades, el comedor... ¿Quién debe pagarlos?, ¿forman parte de la pensión alimenticia?, ¿son gastos ordinarios o extraordinarios?, ¿debemos entender que el mes de septiembre requiere un tratamiento especial, distinto del de otros meses?, ¿conviene repartirlos proporcionalmente?
Estas cuestiones se abordan en la Encuesta Jurídica publicada en sepinNET Familia y Persona: "¿Tienen carácter de gastos extraordinarios los gastos escolares como matrícula, libros, uniformes? ¿Y los gastos médicos: ortodoncia, gafas, etc.?" (también disponible en nuestra base de datos con la referencia SP/DOCT/2409)
La REGLA GENERAL es que todos estos gastos que agrupamos bajo la denominación de "gastos escolares" tienen naturaleza de gastos ordinarios al ser previsibles y periódicos, por lo que debemos considerarlos indispensables e incluidos en la pensión alimenticia. En este sentido, se pronuncian numerosas resoluciones:
 - No tienen naturaleza de gasto extraordinario las cuotas ordinarias del colegio ni los libros escolares ni las excursiones obligatorias, pues no son imprevisibles, ya que se
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