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Familia y Sucesiones

SP/DOCT/20093

Preguntas y Respuestas. Febrero 2016

¿Qué pensiones no generan el derecho a percibir deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad?

Departamento Jurídico de SEPIN. Fiscal
Gestión Documental
Por pensiones abonadas por la Seguridad Social debe entenderse abonadas por el Régimen General y los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, no a otro tipo de pensiones abonadas por los diferentes servicios de Seguridad Social de las Comunidades Autónomas, aunque se denominen de Seguridad Social, como pudieran ser:
Prestaciones generadas por la Ley de Dependencia.
Salario Social.
Sistema de Rentas mínimas de las Comunidades Autónomas.
Tampoco darían derecho a las deducciones las cantidades abonadas por la Seguridad Social como prestaciones familiares, esto es:
Prestación económica por hijo o menor acogido a cargo, o por hijos mayores de 18 años con discapacidad.
Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo.
Prestación económica por parto o adopción múltiple.
Prestación no económica por cuidad de hijo, de menor acogido o de otros familiares.
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