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Familia y Sucesiones

AP Albacete, Sec. 1.ª, 63/2015, de 23 de marzo. Recurso 308/2014

Ponente: CESAREO MIGUEL MONSALVE ARGANDOÑA
SP/SENT/808602
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 No se puede modificar la distribución acordada de los gastos extraordinarios sin invocar causa para ello, estando previsto legalmente un incidente para resolver sobre su procedencia en cada caso
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 Reducción de la pensión alimenticia a 400 euros mensuales al empeorar la situación económica del padre que ha dejado el sector privado de la construcción para cesar su excedencia y reingresar en el ejército
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y
1º.- Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimo las demandas formuladas por el procurador D. Manuel Serna Espinosa en nombre y representación de D. Luis Miguel frente a Dña. Milagrosa , y la reconvención que por ésta se formula sin hacer pronunciamiento de condena en costas.- Contra la presente resolución cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS a partir del siguiente al de su notificación siendo necesario para su admisión, la constitución de depósito de la cantidad de 50 euros, en la cuenta de consignaciones de éste Juzgado, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre , de modificación de la L.O.P.J.- Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.-"
2º.- Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por el demandante D. Luis Miguel , representado por medio del Procurador D. Manuel Serna Espinosa, bajo la dirección del Letrado D. Antonio Ferrández Amorós, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazadas las partes, por la demandada Dª. Milagrosa , representada por la Procuradora Dª. Pilar González Velasco, bajo la dirección de la Letrada Dª. Ana-María Molina Abellán se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponié
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