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Familia y Sucesiones

AP Madrid, Sec. 22.ª, 770/2015, de 15 de septiembre. Recurso 828/2014

Ponente: MARIA DEL PILAR GONZALVEZ VICENTE
SP/SENT/831222
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 Extinción de la pensión de alimentos a favor de la hija de 25 años que obtiene ingresos propios pese a seguir estudiando dado que su padre ha sido incapacitado a causa de su grave situación física
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 No se aprecia ninguna razón jurídica para mantener la atribución del uso del domicilio a la hija mayor de edad y a la madre, pudiendo seguir residiendo en la misma hasta su venta o hasta el término del plazo de tres años en que se cederá al padre
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 28 de marzo de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Colmenar Viejo se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Dispongo estimar la demanda de modificación de medidas presentada por Dº Ramón contra Dª Angelina , acordándose las siguientes medidas:
-Se declara extinguida la pensión de alimentos dispuesta a favor de Eulalia .
-Se declara extinguido la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar a Dª Angelina y su hija. No obstante, ambas podrán seguir residiendo en la misma hasta que se proceda a su venta. Si pasare más de tres años y no se hubiera materializado la venta del inmueble, se comenzará el disfrute alternativo del inmueble por periodos anuales entre ambos copropietarios."
TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de doña Angelina , exponiendo en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.
De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentando la representación de don Emiliano escrito de oposición.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, prev
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