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SP/DOCT/18687

Artículo Monográfico. Octubre 2014

Protocolo para cuantificar los perjuicios sufridos por un accidentado laboral por culpa de su empresario. Su traslado para cuantificar la responsabilidad civil por daños corporales ajenos al tránsito motorizado (A propósito de la STS, Sala Cuarta, de 23 de junio de 2014) SP/SENT/778374

Mariano Medina Crespo Abogado. Doctor en Derecho Presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro
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I. Introducción. Objeto de las presentes notas
Estas notas constituyen una síntesis ordenada y comentada de los fundamentos doctrinales de la STS, Sala Cuarta, de 23 de junio de 2014 (de su Pleno, compuesto por 14 magistrados; Pte. Excmo. Sr. Castro Fernández) y del voto particular que le acompaña (Excmo. Sr. López García de la Serrana, con adhesión de cuatro Magistrados) Nota .
Según observa el voto disidente, la sentencia construye todo un "protocolo o libro de instrucciones" para calcular la cuantía de la indemnización que corresponde fijar a cargo del empresario en los supuestos en que un accidente de trabajo se ha producido por su culpa, como responsabilidad civil "adicional" que completa o mejora el socorro que las prestaciones sociales proporcionan al accidentado (fto. del voto, párrafo segundo de la exposición inicial; 4, párrafo primero; 5, párrafo primero; 6.B, párrafo primero). La Sala construye este protocolo después de constatar que las dos sentencias plenarias de 17 de julio de 2007 (Ptes. Excmos. Sres. López García de la Serrana y Castro Fernández)