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SP/DOCT/19637

Opinión. Noviembre 2015

Lo que no te han contado del nuevo “Baremo”

Marta López Valverde. Directora Técnica de Responsabilidad Civil y Seguro. Abogada
Gestión Documental
La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del Sistema para la Valoración de los Daños y Perjuicios Causados a las Personas en Accidentes de Circulación, ha introducido importantes cambios en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que no solo afectan al sobradamente conocido como "Baremo de daños", anexo que ha quedado derogado desde el 1 de enero de 2016, debiendo realizarse desde dicha fecha la valoración de los daños personales según la nueva metodología.
En este documento, se puntualizan de forma esquemática las novedades en la LRCSCVM, que a mi juicio han pasado más desapercibas, puesto que el novedoso sistema de cálculo de los daños ha sido el principal foco de atención en los medios, y su análisis exhaustivo se ha realizado en la "Guía Práctica de valoración de daños personales: nuevo baremo".
En la responsabilidad civil por la conducción
Se introducen los conceptos de "culpa exclusiva" y "culpa concurrente" del perjudicado, limitando la reducción de la indemnización en el segundo caso hasta un 75 %, y para los menores de 14 años o que sufran un menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que les prive de capacidad de culpa civil, no se suprime ni se reduce la indemnización. Esto también se aplicará si