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SP/DOCT/20967

Encuesta Jurídica. Noviembre 2020

Monitorio que deviene en verbal: ¿Puede el acreedor aportar documentos con el nuevo escrito de impugnación? ¿Puede ampliarse la reclamación?

Coordinador: José González Olleros. Magistrado de la Sección 13.ª de la Audiencia Provincial de Madrid
Gestión Documental
Respuestas
La totalidad de los encuestados señala que pueden, e incluso deben, aportarse nuevos documentos y que no es posible ampliar la reclamación sin perjuicio de posibles alegaciones complementarias.
Achón Bruñén, María José
Doctora en Derecho Procesal
El juicio monitorio no ha sido inmune a las últimas reformas normativas promulgadas en el año 2015; en concreto, la Ley 42/2015, de 5 de octubre, ha modificado de forma sustancial su tramitación cuando este deviene en verbal, lo que acontece cuando el deudor se opone y la cuantía de la pretensión no excede de 6.000 euros, así como cuando, con independencia de su cuantía, la reclamación versa sobre cantidades debidas por el arrendatario de finca urbana (art. 818.3 LEC), no alcanzándose a comprender por qué no se otorga el mismo tratamiento en caso de finca rústica, en coherencia con lo dispuesto en el apartado primero del art. 250.1 LEC, según el cual procede juicio verbal por razón de la materia para reclamar cantidades debidas por el arrendatario, con independencia de la naturaleza del inmueble arrendado.
Cuando se sustancia la oposición del deudor como juicio verbal, el art. 818.2 LEC –a diferencia de cuando procede un procedimiento ordinario– no prevé conceder un plazo al acreedor para que interponga una demanda, ni tampoco ulteriormente contempla que el deudor presente un escrito de contestación, sino que tan solo establece que el Secretario Judicial (Letrado de la Administración de Justicia) dicte decreto dando por terminado el proceso monitorio, confiriendo traslado de la oposición al actor, quien podrá impugnarla por escrito en el plazo de 10 días, pudiendo las partes, en sus respectivos escritos de oposición y de impugnación de esta, solicitar la celebración de vist