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SP/DOCT/20984

Artículo Monográfico. Mayo 2016

Artículo 4. La acción de división

Daniel Loscertales Fuertes. Abogado
Gestión Documental
Consideraciones generales
Este precepto viene a señalar, en primer lugar, la indivisibilidad de la Comunidad, del edificio o inmueble como tal, así como de los elementos comunes. Pero luego permite, como no podía ser de otra forma, la acción de división de la propiedad privada, entendiendo esta en los términos que se acaban de analizar en el art. 3 a) de la misma LPH. Es conveniente realizar, por separado, unos comentarios sobre las dos cuestiones que este precepto contiene.
División de la cosa común
Desde un punto de vista normativo, es una reiteración de la prohibición de dividir del art. 396.2 del Código Civil, remitiendo al lector a lo que se dice al comentar este precepto dentro de la Disposición Adicional en la Ley de reforma.
No hay que añadir mucho más, simplemente que esto convierte a la Comunidad, a sus elementos comunes, en una situación perpetua de unidad, pues nadie tiene capacidad de conseguir la división del inmueble total. La única solución para cualquier titular que no esté conforme, que no se encuentre a gusto en la Comunidad, es vender su propiedad individual, con los derechos inherentes al edificio, inmueble, conjunto urbanístico, etc., reflejados en la cuota de participación, con la excepción de que haya unanimidad al respecto y se utilice la vía del art. 23 de esta Ley especial para la extinción del régimen de propiedad horizontal.
No puede ser de otra manera. La única forma de dar vida a este tipo de copropiedad, que cumpla la finalidad para la que ha sido creada, es su permanencia, consecuencia de la carencia de facultades unilaterales de los comuneros para modificar la situación de indivisión, ya que, en otro caso, sería imposible la existencia de los servicios y elementos comunes, sin los cuales la propiedad individual tampoco podría funcionar correctamente.
En fin, el que entra en una Comunidad en régimen de propiedad horizontal, adquiriendo un piso, local o finca con coeficiente ind