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SP/DOCT/21028

Artículo Monográfico. Mayo 2016

Ejercicio de la acción personal. Procedimiento de ejecución del art. 579 LEC

M.ª José Achón Bruñén. Doctora en Derecho Procesal
Gestión Documental
Si el acreedor inicia un proceso de ejecución ordinario en vez de un hipotecario, ¿deberá embargar la finca ya hipotecada para sacarla a subasta?
No existe una norma que obligue al acreedor hipotecario a intentar el cobro, ante el hipotético incumplimiento del obligado, ejecutando en primer lugar la hipoteca sobre los bienes concretos, pudiendo dirigirse contra cualesquiera bienes del deudor, en aplicación del art. 1.911 CC, por cuanto, junto a un derecho de realización del valor de la cosa hipotecada, conserva el derecho de perseguir todos los bienes presentes y futuros del deudor en cuanto a la cantidad no satisfecha Nota .
Si se inicia en primer lugar una ejecución ordinaria, se suscita el problema de si para sacar a subasta el bien hipotecado será necesario embargarlo por el mismo acreedor a cuyo favor se hipotecó. El Auto de la Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 1.ª, de 5 de noviembre de 2007 -->