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SP/DOCT/21292

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Causas que extinguen la responsabilidad criminal: Comentario del artículo 135 del Código Penal

José Antonio Martín-Caro Sánchez. Fiscal (jubilado)
Gestión Documental
Vigencias anteriores
· Texto del art. 133 en vigor hasta el 23-12-2010:
"1. Las penas impuestas por sentencia firme prescriben:
A los 30 años, las de prisión por más de 20 años.
A los 25 años, las de prisión de 15 o más años sin que excedan de 20.
A los 20, las de inhabilitación por más de 10 años y las de prisión por más de 10 y menos de 15.
A los 15, las de inhabilitación por más de seis años y que no excedan de 10, y las de prisión por más de cinco años y que no excedan de 10.
A los 10, las restantes penas graves.
A los cinco, las penas menos graves.
Al año, las penas leves.
2. Las penas impuestas por los delitos de lesa humanidad y de genocidio y por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, no prescribirán en ningún caso".
· Texto del art. 134 en vigor hasta el 1-7-2015:
"El tiempo de la prescripción de la pena se computará desde la fecha de la sentencia firme, o desde el quebrantamiento de la condena, si esta hubiese comenzado a cumplirse".
Concordancias
· Véanse las Concordancias al art. 130.
· CP. Arts. 33 (Clasificación de las penas en graves, menos graves y leves); 75 (Orden en que han de cumplirse las penas que no puedan serlo simultáneamente); 80 a 87 (Reglas sobre la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad); 88 y 89 (Reglas sobre la sustitución de las penas privativas de libertad); 95 y ss. (Medidas de seguridad); 125 (Posibilidad de fraccionamiento del pago de la responsabilidades pecuniarias) y 468 a 471 (Quebrantamiento de condena).
· LOPJ. Art. 245.3 (Concepto de "sentencia firme").
· LECrim. Art. 141 (Otro concepto de "sentencia firme").
· Consulta FGE 1/2012, sobre la Interrupción del Plazo de Prescripción en los Supuestos de Suspensión de la Ejecución de la Pena Privativa de Libertad, que ahora ha de ser puesta en conexión con el nuevo texto del art. 134.2 CP.
· Circular FGE 1/2015, sobre Pautas para el Ejercicio de la Acción Penal en Relación con los Delitos Leves tras la reforma penal operada por la LO 1/2015, de especial interés, en lo que a este artículo se refiere, en lo relativo a la prescripción de la pena.