CARGANDO...
SP/DOCT/21310

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Lesiones: Comentario del artículo 151 del Código Penal

José Antonio Martín-Caro Sánchez. Fiscal (jubilado)
Gestión Documental
Vigencias anteriores
· CP de 1973. Arts. 3; 4 y 52.
Concordancias
· CP. Arts. 17 (Define la conspiración y la proposición, que solo se castigarán en los casos especialmente previstos en la Ley) y 18 (Define la provocación y la apología como forma de la misma, aclarando que la provocación se castigará exclusivamente en los casos en que la Ley así lo prevea y que, si a la provocación hubiese seguido la perpetración del delito, se castigará como inducción).
Jurisprudencia
1. Jurisprudencia reciente sobre este precepto
Además de resultar de interés consultar la jurisprudencia citada en el art. 141 CP, resaltamos a continuación lo más importante de la escasa jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este precepto.
La STS 308/2014, de 24 de marzo, hace un completo examen de la materia: "La proposición exige la concreción del delito a ejecutar, en este caso tres delitos de lesiones, la idoneidad del proponente, en este caso la acusada en quien concurren todas las circunstancias personales para poder ser autora de este tipo delictivo, y la idoneidad de los invitados a ejecutar los delitos, que también concurre en el caso enjuiciado (...).
En primer lugar, debe existir previsión legal expresa en el supuesto del delito objeto de la propuesta, lo que acaece en el caso enjuiciado en el art. 151 CP, que sanciona expresamente la proposición para cometer delitos de lesiones. Se trata de supuestos en los que el Legislador adelanta la barrera de protección de determinados bienes jurídicos, como en este caso la integridad física, por su especial relevancia, incriminando específicamente determinadas conductas preparatorias que de otro modo resultarían impunes.
En segundo lugar, la conducta ha de consistir en una propuesta o invitación a tercera persona para que realice dicho acto delictivo, siempre que esta no hubiera decidido con anterioridad, por sí sola, la ejecución del mismo ilícito. En el caso actual consta qu