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SP/DOCT/21388

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos contra el honor: Disposiciones generales: Comentario del artículo 216 del Código Penal

José Antonio Martín-Caro Sánchez. Fiscal (jubilado)
Gestión Documental
Vigencias anteriores
· Texto del art. 215 en vigor hasta el 1-7-2015:
"1. Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.
2. Nadie podrá deducir acción de calumnia o injuria vertidas en juicio sin previa licencia del Juez o Tribunal que de él conociere o hubiere conocido.
3. El culpable de calumnia o injuria quedará exento de responsabilidad criminal mediante el perdón de la persona ofendida por el delito o de su representante legal, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 4.º del artículo 130 de este Código".
Concordancias
· Las indicadas para los arts. 205 y 208, especialmente la cita al art. 1.2 LO 1/1982, de 5 de mayo, sobre Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, en lo relativo a la determinación de los criterios de fijación de la responsabilidad civil.
· CP. Arts. 30 (La conocida como "Responsabilidad en cascada" en los delitos cometidos utilizando medios o soportes de difusión mecánicos); 116 a 122 (Reglas generales sobre la responsabilidad civil, que se ven alteradas en el presente Capítulo, especialmente el art. 120.2.º, que hace expresa exclusión del art. 212 CP) y 130.5.º (Reglas generales respecto del perdón del ofendido).
· LECrim. Arts. 804 y ss. (Normas del procedimiento por delitos de injuria y calumnia entre particulares, con especialidades tales como la exigencia de acto de conciliación previo –804–, limitación del uso de los testigos de referencia –813–, etc.) y 962 y ss. (Procedimiento para el Juicio sobre Delitos Leves, en lo que se refiere a los Delitos de injurias).
· Circular FGE 1/2015, sobre Pautas para el Ejercicio de la Acción Penal en relación con los Delitos Leves tras la Reforma Penal operada por la LO 1/2015. Aunque ya hemos hecho mención a ella en el art. 208, por su importancia en el tema que tratamos ahora, citamos de su contenido (4.2): "En los delitos semipúblicos (…) el Fiscal no emitirá informe sobre la concurrencia de posib