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SP/DOCT/21449

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico: Disposiciones comunes a los capítulos anteriores: Comentario del artículo 269 del Código Penal

Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
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Concordancias
· CP. Arts. 17 y 18 (Necesidad de punición expresa de los actos preparatorios); 237 y ss. (Robo); 243 (Extorsión); 248 y ss. (Estafa) y 252 (Apropiación indebida).
Comentario
Actos preparatorios
Expresa decisión legislativa de castigar las formas preparatorias de determinados delitos patrimoniales, lo cual conlleva una pena inferior en uno o dos grados de la correspondiente al delito básico. El desistimiento de los referidos delitos comenzados a realizarse en fase preparatoria externa es impune.
Jurisprudencia
Conducta punible
Con independencia de las distintas modalidades, el elemento subjetivo común a todas ellas es "un querer dirigido a la consumación del delito (...) que ha de manifestarse en actos exteriores" (STS de 8 de junio de 2001).