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SP/DOCT/21587

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos contra la Seguridad Vial: Comentario del artículo 384 del Código Penal

Julián Sánchez Melgar. Magistrado de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo. Doctor en Derecho
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Vigencias anteriores
· Texto en vigor hasta el 23-12-2010:
"El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción".
Concordancias
· Véanse las Concordancias al art. 379.
Comentario
El párrafo primero de este artículo, conforme a su redacción dada por LO 15/2007, entró en vigor el día 2 de diciembre de 2007, pero el segundo lo hizo el 1 de mayo de 2008. Se retoca en la reforma operada por LO 5/2010, en el sentido de disponer como pena alternativa la de prisión, la multa o los trabajos en beneficio de la comunidad, en la cuantía especificada en el mismo.
Se restaura, pues, con este tipo delictivo el antiguo art. 340 bis c), que fue introducido por la Ley 3/1967, de 8 de abril, vigente hasta su despenalización en 1983 (LO 8/1983, de 25 de junio). La razón de la introducción del precepto reside en la instauración del denominado carné por puntos, que acarrea la pérdida de vigencia del mismo cuando se agotan por sanciones administrativas los mismos, dando lugar a una sanción penal la conducción con tal permiso caducado. Pero en vía parlamentaria se vio preciso equiparar a esta situación la carencia de tal permiso o licencia, porque no podía privilegiarse a quien se mantiene al margen del sistema, de ahí que naciese el párrafo segundo, inicialmente no previsto en el proyecto, esto es, incriminándose a quien condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción, y del propio modo, para cerrar los supuestos, incluir también los casos de quebrantamientos de condena, como lo supone la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial. En suma, como di