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SP/DOCT/21614

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos: Comentario del artículo 406 del Código Penal

Juan Jacinto García Pérez. Magistrado de la Audiencia Provincial de Salamanca
Gestión Documental
Concordancias
· Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Arts. 17; 62.1 d) y 146.1.
· Decreto de 7 de febrero de 1964, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado. Art. 30.
· Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
· Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
· RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
· RDLeg. 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.
Comentario
Se trata del lado pasivo del delito tipificado en el artículo anterior y supone el reconocimiento de que la función pública también puede resultar afectada por las conductas de particulares. Se castiga al particular que acepte una propuesta, un nombramiento, o tome posesión de un cargo público en el conocimiento de que no reúne los requisitos legales exigidos para su ejercicio, constituyendo su actuación, a la hora de la verdad, una modalidad de participación del delito del artículo anterior, que el legislador da vida autónoma e independiente.