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SP/DOCT/21747

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales: Comentario del artículo 533 del Código Penal

Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
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Vigencias anteriores
· La conducta se preveía en el art. 187.5 CP de 1973, habiendo añadido el CP de 1995 dos cuestiones: la ampliación de los lugares de comisión, al incluirse los centros de menores y la nueva modalidad delictiva de imponer sanciones indebidas.
Concordancias
· CP. Arts. 173 y 175 (Delitos contra la integridad moral); 174 (Torturas) y 404 (Prevaricación).
· LECrim. Arts. 506 a 509 (Incomunicación).
· LOGP. Arts. 3; 6 y 41.
· RP. Arts. 5; 104; 173 a 177 y 231.
· LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
Comentario
Imponer medidas desproporcionadas a internos
Sanciona el artículo los excesos en el trato por los funcionarios a los recluidos en centros penitenciarios de adultos o de protección o internamiento de menores. Y así, se castigan las "sanciones" y "privaciones indebidas" o "el rigor innecesario", lo que incluye tanto restringir los derechos de los internos –así en relación con las medidas disciplinarias, la comida, higiene, actividades recreativas–, como usar con ellos un trato desproporcionado por su severidad o dureza. El patrón, para evaluar este último aspecto, ha de considerar si la medida –que ha de ser de naturaleza represiva– era necesaria o no. Pueden darse concursos delictivos con lesiones, torturas, etc., a resolver mediante la aplicación de los arts. 73 a 77 CP.