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SP/DOCT/21806

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Delitos de traición: Comentario del artículo 584 del Código Penal

Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
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Vigencias anteriores
El CP de 1973 no contenía este tipo, el cual fue introducido por la LO 14/1985, de 9 de diciembre, como art. 122 bis CP, pasando al CP de 1995, tal como aparece actualmente, aligerando su redacción primitiva.
Concordancias
· CPM. Art. 26.
· Ley 9/1968, de 5 de abril, reguladora de los Secretos Oficiales (modificada por Ley 48/1978, de 7 de octubre).
Comentario
Tipo penal de traición, en su modalidad de procurar, falsear, inutilizar o revelar información secreta
Se recoge en este artículo el "espionaje", concepto asociado a los "secretos oficiales", que incluye los asuntos, actos, documentos, informaciones, datos y objetos declarados como tales por el Gobierno, de conformidad con la Ley de Secretos Oficiales de 5 de abril de 1968, modificada por Ley de 7 de octubre de 1978. Se requiere que los documentos puedan dañar o poner en riesgo la seguridad y la defensa del Estado y, como elemento subjetivo del injusto, que cualquiera de las conductas incluidas en el tipo se haga con el propósito de favorecer a una potencia o grupo extranjero.
Jurisprudencia
La STS de 10 de diciembre de 2010, recurso de casación 10251/2010, confirma una sentencia de la AN sobre este delito, reduciendo la pena y conteniendo interesantes consideraciones en los FF. DD. 6.º y 7.º de la misma.
Así, se examina el necesario requisito del elemento subjetivo consistente en el específico propósito de favorecer a una potencia extranjera. Y se concluye que "tal propósito de favorecimiento está ínsito en el proyectado ofrecimiento del material clasificado que describe el factum", en el que se lee que "el procesado ofreció a un servicio de inteligencia extranjero los datos relativos a la denominación y claves internas correspondientes a los diferentes organismos del Centro, información sobre las autoridades y organismos con los que mantiene correspondencia el Centro y a los que se remiten informes de inteligencia, un informe sobre delegaciones del Centro Nacional de Inteligencia en el exterior, otro informe sobre estructura del Centro hasta el nivel de división y el listado del personal del Centro por orden alfabético".
Y prueba la importancia de ese material, que fue tasado por el propio acusado en la cantidad de 200.000 dólares, y que en una carta que le fue hallada indicaba: "(...) la información más importante a la que tengo acceso tendría para ustedes un gran interés estratégico".
El delito previsto en el art. 584