CARGANDO...
SP/DOCT/21823

Artículo Monográfico. Marzo 2016

Descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativos a la Defensa Nacional: Comentario del artículo 601 del Código Penal

Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
Gestión Documental
Vigencias anteriores
· Como se dijo, el Capítulo no existía en el CP de 1973, incorporándose al CP de 1995 el art. 135 bis d), introducido por la LO 14/1985, y que se corresponde esencialmente con el actual art. 601 CP, si bien añadiéndose que la imprudencia ha de ser "grave".
Concordancias
· CP. Arts. 12 (Al incriminarse expresamente un supuesto de imprudencia); 599.1 (Punición para quienes están en condiciones de cometer el hecho) y 616.
· Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre Secretos Oficiales. Art. 10.2 (En cuanto afecta a Diputados y Senadores).
Comentario
Revelación de esta clase de secretos por imprudencia grave
Artículo necesario a la vista del art. 12 CP, que exige la incriminación culposa y expresa de los arts. 11 y 13 de la Ley de Secretos Oficiales, que preveían una sanción penal en los casos de incumplimiento –un grave descuido o negligencia, se requiere– de los deberes y medidas de protección que impone dicha Ley.