CARGANDO...

AP Valladolid, Sec. 3.ª, 56/2013, de 26 de febrero. Recurso 414/2012

Ponente: MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
SP/SENT/715579
Gestión Documental
 La entrega de un trastero diferente al estipulado en el contrato y que además tiene una superficice considerablemente menor implica un incumplimiento grave que es causa de resolución del contrato
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La vendedora debe devolver las cantidades recibidas junto con el interés legal del dinero desde la fecha en que se instó la resolución del contrato, no desde la fecha en que se realizó cada una de las entregas
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 1 de Septiembre de 2012 , en el procedimiento JUICIO ORDINARIO 162/2011 del que dimana este recurso. Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución recurrida.
SEGUNDO.- La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "Que desestimando la demanda formulada por la representación de URBALID XXI S.L. contra D. Fausto y Dª. Ariadna , debo absolver y absuelvo a los mencionados demandados de los pedimentos de la misma, con condena en costas al demandante". Que ha sido recurrido por la parte representación procesal de URBALID XXI S.L., habiéndose opuesto la parte contraria.
TERCERO.- Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 20 de Febrero de 2013, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. La representación procesal de la demandante URBALID XXI -S.L. recurre en apelación la sentencia de instancia que, por una parte, desestima su demanda interpuesta contra D. Fausto y Dña. Ariadna en reclamación de la parte del precio aun adeudado del contrato privado de compraventa de vivienda, plaza de garaje y trastero, suscrito entre las partes; y por otra, estima la demanda reconvencional formulada por los citados demandado frente a URBALID XXI S.L, y declara resuelta la citada compraventa y condena a la mercantil reconvenida a reintegrar a los demandantes la cantidad total de 17.925,73 Euros recibida mas intereses legales desde la fecha en que se produjo cada una de las entregas y pago de las costas procesales. Alega como motivos de recurso, resumidamente; errónea valoración judicial de la prueba practicada y hechos resultantes de la misma; infracción por aplicación indebida de lo dispuesto en el articulo 1124 C Civil y su jurisprudencia interpretativa con respecto a la facultad de resolver las obligaciones reciprocas por incumplimiento de alguna de las partes contratantes; y subsidiariamente, indebida aplicación del plazo inicial para el devengo de intereses e impuesto sobre el valora añadido. Pide por todo ello se dicte nueva sentencia que revoque la de instancia y estime íntegramente su demanda en los términos contenidos en el suplico de la misma y aclarados en acto de la Audiencia Previa, o subsidiariamente, estime parcialmente el recurso acordando que el devengo de los intereses legales p