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AP Las Palmas, Sec. 5.ª, 487/2013, de 12 de diciembre. Recurso 289/2012

Ponente: VICTOR CABA VILLAREJO
SP/SENT/750591
Gestión Documental
 Derecho del demandante a pedir la elevación a escritura pública del contrato de compraventa para poder inscribirlo en el registro de la propiedad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Puerto del Rosario se dictó sentencia en los referidos autos de fecha 1 de Febrero de 2008 aclarada por auto de fecha 23 de abril de 2009 del siguiente tenor: " Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador don Jesús Pérez López en nombre y representación de la mercantil Consulting Turístico de Fuerteventura, SA debo declarar y declaro: 1.- Disuelta la comunidad en proindiviso ordinario que las partes mantienen sobre la propiedad de la finca urbana: 50% del local sito en El Matorral, confronte para el Este, lindando al Sur con solar fabricado y al Norte con el otro 50% de dicho local". 2.- Que la finca es divisible y en consecuencia, es procedente su división material sin necesidad de recurrir a la venta en pública subasta, en proporción a las cuotas correspondientes a cada comunero, tal y como consta en el informe pericial. 3.- Se condena a don Ezequiel y a doña María Virtudes a elevar a público el contrato privado de compraventa de fecha 1 de enero de 1998, otorgando al efecto las oportunas escrituras y conteniendo en las mismas los requisitos exigidos por la Ley Hipotecaria que permitan sus inscripciones en el Registro de la Propiedad.
SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte codemandada don Ezequiel que fue admitido a trámite y al que se opuso la parte demandante en tiempo y forma, acordándose la remisión de l