TSJ Extremadura, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 65/2015, de 10 de febrero. Recurso 5/2015
Ponente: ALICIA CANO MURILLO
SP/SENT/799981
No reconocimiento de IPA; cocinera con fibromialgia que en el plano funcional no le produce limitaciones permanentes aún cuando en el desarrollo de su actividad laboral se requiera movilizar la columna lumbar
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Dª Sagrario presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 217, de fecha veintiuno de Octubre de dos mil catorce
SEGUNDO: En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "PRIMERO.- La demandante, Doña Sagrario , de las 'ilunstancias personales que constan en la demanda, ha l como última profesión la de cocinera, habiendo sido despedida por ineptitud sobrevenida el 18 de mayo de 2014 deterioro de sus facultades profesionales a criterio de la empresa. SEGUNDO. - Iniciado ante el INSS un expediente de incapacidad permanente, en el curso del cual el EVI, en fecha 25 de marzo de 2014, emitió dictamen propuesta determinando como cuadro clínico residual: "Polialtragias difusas) de larga evolución cibercolesterolemia, varices recidivadas en MII intervenidas en enero de 2014, nódulo tiroideo normofuncionante", con las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: "deficiencia osteoarticular (Polialtragias difusas) de larga evolución con funcionalidad conservada. Clínica compensada con tratamiento. Grado funcional I, limitada para altos requerimientos físicos. Deficiencia venosa permeabilizada estabilizada". TERCERO.- El expediente concluyó mediante resolución de la Dirección Provincial del INSS, de