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TSJ Navarra, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 133/2016, de 17 de marzo. Recurso 20/2016

Ponente: MIGUEL AZAGRA SOLANO
SP/SENT/858167
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Ante el Juzgado de lo Social nº DOS de los de Navarra, se presentó demanda por DOÑA Claudia , en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictara sentencia por la que se le declare en situación de Incapacidad Permanente Total derivada de enfermedad común, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y asimismo al pago de la prestación correspondiente al 75% de su base reguladora, todo ello con efectos en la fecha del dictamen del EVI.
SEGUNDO: Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio oral en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada según consta en el acta extendida a tal efecto por el Sr. Secretario. Recibido el juicio a prueba se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes.
TERCERO: Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Que, desestimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dña Claudia frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común, debo absolver y absuelvo a la entidad gestora demandada de las pretensiones deducidas en su contra."
CUARTO : En la anterior sentencia se declararon probados: "PRIMERO.- Dña Claudia , nacida el día NUM000 de 1958, con DNI NUM001 , se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el número N