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Derechos Reales

AP Ciudad Real, Sec. 1.ª, 237/2011, de 27 de septiembre. Recurso 223/2011

Ponente: MARIA PILAR ASTRAY CHACON
SP/SENT/648328
 La relación de causalidad entre la ejecución de la obra y los daños constatados la avala la pericial que concluye cómo los técnicos y constructor no observaron humedades ni agua subterránea cuando la vivienda del demandado la vierte
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Almagro, se dictó sentencia en los referidos autos, de fecha cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO:" Que estimando la demanda interpuesta por D. Marino , representado por la Procuradora Dª Aurelia Ginés González, sobre acción de responsabilidad extracontractual y acción reivindicatoria, contra D. Jesús , representado por el Procurador D. Juan Villalón Caballero debo condenar y condeno al demandado a efectuar cuantas obras sean precisas para subsanar las patologías e incidencias y deficiencias constatadas en la vivienda de su representado, sita en la CALLE000 nº NUM000 de Almagro que se recogen en los informes técnicos emitidos por el arquitecto D. Fructuoso , aportados a la demanda (documentos nº 2,3), reponiendo los materiales que estén deteriorados y supliendo cuantas deficiencias en elementos de cualquier índole constructivos o no, existan en la referida vivienda retirando expresamente las canalizaciones de cableado de líneas telefónicas y el vertido de aguas sobre la finca de su representado, con el apercibimiento de que si no lo hiciere se ejecutarán a su costas tales obras.
Igualmente debo condenar y condeno al demandado a que reintegre al actor la porción de la finca invadida indebidamente por el mismo y concretada pericialmente en el hecho tercero de la demanda como una franja de suelo de 35 cm por 7 metros de longitud de la pared del fondo, incrementados por los 25 cm por 0
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