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Derechos Reales

AP Burgos, Sec. 3.ª, 48/2016, de 1 de febrero. Recurso 282/2015

Ponente: ROGER REDONDO ARGÜELLES
SP/SENT/844012
 Aunque la primera parte de las obras puedan entenderse concluidas, resultan inacabadas a los fines últimos que se pretenden
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ANTECEDENTES DE HECHO
1.- Los de la resolución recurrida, que contiene la siguiente Parte Dispositiva: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don José Luis Rodríguez Martínez, en nombre y representación de DOÑA Florencia contra DOÑA Candelaria , se acuerda mantener la suspensión de obra acordada por Orden judicial de fecha 19 de abril de 2013, y notificada el día 13 de mayo de 2013, así como se condena a la parte demandada al abono de las costas procesales".
2.- Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de la demandada se presentó escrito interponiendo recurso de apelación, que fue admitido en tiempo y forma. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante el correspondiente escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.
3.- Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 14 de enero de 2.016, en que tuvo lugar.
4.- En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.
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