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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 436/2020, de 10 de julio. Recurso 1222/2019

Ponente: MARIA GEMA ESPINOSA CONDE
SP/SENT/1062552
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 Pendientes actuaciones penales contra el padre por presunto abandono del menor y sin una residencia fija, se estima el cambio de guarda a favor de la madre, que ha formado un nuevo núcleo familiar más estable, y donde estará rodeado de sus hermanos
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 Procede fijar un régimen de visitas a favor del padre, y mientras no se acredite que cuente con un domicilio estable, será a través del PEF, de forma supervisada, los sábados alternos, con la duración que estime conveniente el centro
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 Las visitas podrán ser ampliadas en ejecución de sentencia, previo informe del EATAF que valorará la evolución del menor y las circunstancias socio-económicas y personales del padre, y en función de los informes del PEF
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 En atención al principio de proporcionalidad, procede fijar una pensión de alimentos para el menor de 180€/mes, que si bien es una cantidad mínima, se ajusta a la actual capacidad económica del progenitor y las necesidades básicas del menor
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 Los gastos extraordinarios médicos no cubiertos por la Seguridad Social serán abonados por los litigantes al 50%, y los extraescolares, también, siempre que sean previamente consensuados, sino serán abonados por el que los acuerde
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 10 de diciembre de 2019 se han recibido los autos de Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 420/2018, remitidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de L' DIRECCION000, a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Oscar Bagan Catalan, en nombre y representación de Dª Azucena, contra la Sentencia de fecha 25/02/2019, aclarada por Auto de fecha 15/07/19 y en el que consta como parte apelada la Procuradora Dª Silvia García Vigne, en nombre y representación de D. Severino. Con la intervención del Ministerio Fiscal.
Segundo. El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "Que resolviendo sobre la demanda formulada en nombre y representación de DON Severino, contra DOÑA Azucena, acuerdo adoptar, en relación al hijo menor de las partes, las medidas de custodia, visitas y alimentos siguientes:
1. Atribución de la guarda y custodia del hijo menor, Pedro Antonio, a su padre, DON Severino.
2. La madre, como progenitora no custodia, tendrá derecho a relacionarse con su hijo, en los términos siguientes.
- Un primer período de tres meses desde la notificación de la sentencia, fines de semana alternos, desde las 10 horas del sábado hasta las 19 horas del sábado y desde las 10 horas del domingo hasta las 19 horas del domingo. Las entregas y recogidas
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