CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 1/2013, de 9 de enero. Recurso 62/2012

Ponente: JOAQUIN BAYO DELGADO
SP/SENT/710059
Gestión Documental
 No se entra a analizar los requisitos para conceder la pensión compensatoria al demandado pues no en la contestación no incluyó reconvención explícita clara
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Competencia y ley aplicable para el divorcio y las medidas derivadas de la responsabilidad parental, siendo la demandante española y el demandado italiano con residencia en España
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 No procede la guarda compartida pues además de señalar el informe que la madre aporta mayor estabilidad y aptitud parental el padre se aloja en una habitación donde ni siquiera se puede desarrollar la relación paterno-filial con pernocta
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 No hay infracción del art. 233-20.4 del CCCat, no existe un desequilibrio económico a favor de la madre para que pueda procurarse de una vivienda para ella y los hijos y pagar la mitad de la hipoteca
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Se suprime de la atribución del uso de la vivienda a los hijos, pues el art. 233-20.2 contempla como beneficiario al progenitor custodio, mientras dura la guarda
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora DOÑA OLANDA LÓPEZ GRAÑA en nombre y representación de DÑA. Nuria , contra DO. Constantino , representado por la Procuradora DOÑA. ANA MARÍA GÓMEZ-LANZAS CALVO declaro disuelto por divorcio el matrimonio formado por los expresados litigantes, con todos los efectos legales, y en especial los siguientes:
1.- Se atribuye a la madre la guarda y custodia de los hijos menores, permaneciendo la patria potestad conjunta.
2.- La atribución del domicilio conyugal y el ajuar familiar, sita en Barcelona, CALLE000 NUM000 - NUM001 NUM002 NUM003 , se efectúa a la madre y a los hijos menores en cuya compañía quedan.
3.-Como régimen de visitas a favor del padre en defecto de acuerdos, se establece que el padre permanezca en compañía de sus hijos menores los fines de semana alternos desde la salida de la escuela los viernes, el domingo. La mitad de los días festivos entre semana desde la salida de la escuela el día anterior hasta las veinte horas del festivo; dos tardes intersemanales que en defecto de acuerdo será los martes y los jueves desde las 17.00 a las 20.00; y la mitad de las vacaciones escolares de Navidad y Semana Santa correspondiendo la primera mitad de dichos periodos a la madre en los años pares y al padre en los impares. Las vacaciones escolares de verano en los mese
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos