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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 1.ª, 88/2013, de 5 de marzo. Recurso 758/2012

Ponente: MARIA ISABEL SOLER NAVARRO
SP/SENT/720083
Gestión Documental
 No se aprecia ningún obstáculo para que las visitas de la menor de 5 años no incluyan la pernocta con su padre los fines de semana, que la niña prefiera dormir con la madre no supone que no se acostumbre a estar con su padre
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 Indemnización de 36.000€ para la esposa por el cuidado del hogar y la familia, pues ha permitido un próspero patrimonio empresarial del marido, integrado por los activos de la empresa y la clientela que le reporta importantes ingresos
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 No prospera la petición de pensión de alimentos por la esposa, pues debió articularla dentro de la pensión compensatoria regulada en el art. 233-14 CCCat, y no en el 234-10
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 Es ajustado fijar la pensión alimenticia para cada hijo, de corta edad, en 400€, pues el padre tiene una elevada disponibilidad de medios, los ingresos de la madre son de unos 200€ y los gastos de los niños incluida la vivienda son elevados
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Primera Instancia 1 Puigcerdà, en los autos nº 477/2011, seguidos a instancias de D. Salvador , representado por la Procuradora DÑA. MIREIA COMELLAS SOLE y bajo la dirección de la Letrada DÑA. SONIA RIBOT PAL, contra DÑA. Susana , representado por el Procurador D. EDUARD RUDE BROSA, bajo la dirección del Letrado D. EDUARDO MONTERO CASTAÑOS, con intervención del MINISTERIO FISCAL, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO: Que Estimando Parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. MIREIA COMELLAS SOLE en nombre y representación de D Salvador contra Dña. Susana , representada por el procurador D. EDUARD RUDE BROSA
DEBO DECLARAR Y DECLARO:
1) El divorcio de D. Salvador y Doña Susana , quedando disuelto a partir de este momento el vínculo matrimonial.
2) D. Salvador y Doña Susana podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.
3) Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.
4) Cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
DEBO ACORDAR Y ACUERDO la adopción de las siguientes medidas
1--- Se atribuye a la madre la guarda y custodia de los hijos, siendo la patria potestad
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