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Familia y Sucesiones

AP Valencia, Sec. 10.ª, 53/2013, de 28 de enero. Recurso 962/2012

Ponente: MARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
SP/SENT/720265
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 Pro indiviso entre la sociedad de gananciales y el cónyuge adquirente en proporción a su respectiva aportación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 1354 en relación con el 1357 CC
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 Se permite que, mediante "confesión" (art. 1324 CC) del cónyuge al que perjudica, un bien privativo pase a ser considerado ganancial
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 Crédito del esposo frente a la sociedad de gananciales por las obras de restauración de la vivienda acometidas tras disolverse la sociedad
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 Crédito por abono del IBI tras la disolución de la sociedad en proporción a la cuota ganancial
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 Inclusión en el pasivo de la sociedad de los gastos de Notaría, Registro e Impuestos, de conformidad con el art. 1398 CC, pues recaen sobre un bien ganancial y constituyen un crédito del cónyuge que los abonó
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ALZIRA, en fecha 20-3-12, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:"ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María Climent Castillo en nombre y representación de Antonieta contra Domingo , siendo el inventario de la sociedad de gananciales existente entre ambos el siguiente :ACTIVO :el 14,31 por ciento de la vivienda sita en la CALLE000 inscrita en el Registro de la Propiedad de Alzira, al tomo NUM000 , libro NUM001 , folio NUM002 finca NUM003 e Inscripción NUM004 .Vivienda sita en AVENIDA000 número NUM005 , CALLE001 número NUM006 de Carcaixent. PASIVO:1)Un crédito del SR. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de 10.771,65 euros, por el valor de las obras de mejoras realizadas en la vivienda de la CALLE000 .2)Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de 210,37 por las contribuciones pagadas sobre la vivienda de la CALLE000 .Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de 61.544 euros por el importe pendiente de pago en el momento de la disolución del régimen económico matrimonial de la vivienda de la CALLE001 .Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de 1.029,31 euros por lo pagado en concepto de IBI sobre la vivienda de la CALLE001 .5) Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por valor de 1.922,21 euros por los gastos de notar
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