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Familia y Sucesiones

AP Madrid, Sec. 22.ª, 470/2013, de 18 de junio. Recurso 1182/2012

Ponente: EDUARDO HIJAS FERNANDEZ
SP/SENT/728834
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 No se puede decir que el expediente administrativo para acogimiento de la menor por la Comunidad haya causado indefensión a sus progenitores, dado que en el mismo consta que se les dio traslado a fin de que alegasen lo que a su derecho conviniere
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 Siguiendo el criterio de proteger a la menor, se ha acreditado no sólo a través de informes elaborados por la Institución que la acoge sino también por los servicios adscritos al Juzgado, que con sus padres carece de pautas de comportamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 26 de marzo de 2012 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 29 de Madrid se dictó Sentencia con nº 163/12 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se desestima íntegramente la demanda de juicio declarativo verbal sobre impugnación del Acuerdo de la Comisión de Tutela del Menor de la Comunidad de Madrid, de fecha 6 de octubre de 2010, presentada por la Procuradora Sra. Arnaíz Granda en nombre y representación de Dª Beatriz y Dº Benedicto contra la citada Comisión de Tutela del Menor representada por la Letrada Dª Pilar Bravo Valentín, confirmándose el Acuerdo impugnado y acordado por dicha institución de 6 de octubre de 2010 y sin imposición de las costas procesales causadas.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronunció, mando y firmo.
Modo de Impugnación: Mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid ( art. 455 LEC ). El recurso se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la presente sentencia. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna ( artículo 458 LEC ). Debiendo acompañar el justificante
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