Familia y Sucesiones
AP Barcelona, Sec. 12.ª, 145/2014, de 27 de febrero. Recurso 1132/2012
Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/756501
El reparto de tiempos que establece la resolución recurrida equivale prácticamente al que es propio de una guarda compartida y únicamente difiere en el nombre que se le ha dado y en la alternancia diaria establecida
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Las medias previas o provisionales no son anticipatorias del fallo definitivo, puesto que en el proceso principal se han de volver a examinar las circunstancias concurrentes para volver a ponderar el interés del menor
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Ha quedado acreditado que la situación entre los progenitores ha cambiado positivamente y ambos poseen habilidades y madurez suficiente para un nuevo modelo de relación en beneficio del menor, lo que posibilita la custodia compartida
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Para la configuración de las estancias los progenitores deben aceptar un sistema amplio de relaciones para favorecer la organización de las actividades escolares y sociales del hijo, siendo aconsejable la partición de las semanas desde los miércoles
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Cada progenitor soportará los gastos de manutención y habitación del menor cuando lo tenga en su compañía e ingresará el padre, en la cuenta administrada por la madre, 200€, atendiendo ella al resto de gastos
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Los gastos extraescolares deberán ser concertados de común acuerdo; los gastos extraordinarios serán soportados en la proporción de 2/3 el padre y 1/3 la madre
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Las administración de las necesidades de escolaridad, vestido y sanidad las seguirá realizando la madre, como hasta ahora, con la responsabilidad de comunicar al padre cualquier circunstancia que sea relevante
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: " Desestimo substancialment la demanda presentada pel procurador Sr. Aguilar, en representació de Eugenia contra Remigio , representat per la procuradora Sra. Olivares i declaro extinta la unió de fet entre tots dos, i disposo adoptar les mesures següents:
1. La guarda i custòdia del fill comú menor d'edat de la parella s'atribueix a favor del pare; la pàtria potestat serà compartida.
- La mare podrà comunicar-se i estar amb el menor els caps de setmana alterns. El recollirà el divendres a la sortida del centre escolar i el retornarà al mateix lloc el dilluns al començament del horari de classes.
- La mare podrà comunicar-se i estar amb el menor dos dies intersetmanals, els dimarts i els dijous, des de la sortida del centre escolar on el recollirà fins a les 20 hores i retornant-lo al domicili del menor, els dijous, i els dimarts amb pernocta, retornant-lo, per tant, al centre escolar, el dia següent.
- Els dies festius intersetmanals de l'any es repartiran de forma alterna començant per la mare.
- La mare podrà comunicar-se i estar amb el menor la meitat de les vacances escolars de Nadal que es dividiran en dos períodes, des de la sortida de l'escola el darrer dia lectiu fins al 30/12 a les 20 hores, i, des de llavors fins a les 20 hor