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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 299/2015, de 22 de julio. Recurso 19/2015

Ponente: ANTONIO CARRIL PAN
SP/SENT/827347
Gestión Documental
 Es peligroso permitir el contacto directo entre padre e hija mientras subsista el manifiesto y grave odio a su madre, a través del cual es factible realice actos de violencia respecto de la menor
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 Aunque el informe aconsejara las visitas supervisadas, debe señalarse que se emitió antes de haberse producido las amenazas contra la menor que motivaron la adopción de la medida de seguridad que parece encontrarse en vigor
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por D. Miguel , representado por el/la Procurador/a D/Dª. Marcelo Ignacio Cairo Valdivia, contra Dª. María Teresa , representada por el Procurador D. Jaume Pujol Alcainé, se acuerdan las siguientes medidas en relación a la única hija común, Berta :
La titularidad y ejercicio de la potestad parental corresponde a ambos progenitores, que la ejercerán en la forma prevista en los artículos 236-1 y siguientes del Codi Civil de Catalunya.
Se atribuye a la madre la guarda y custodia
No se establece régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.
Se fija una pensión de alimentos a favor de la menor y a cargo del progenitor no custodio de 90 euros mensuales, que deberán ser ingresados en la cuenta al efecto designada dentro de los cinco primeros días de cada mes. Esta cantidad se actualizará anualmente en función de las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya, tomándose como referencia para la modificación la fecha de esta sentencia.
Los gastos extraordinarios , entendiendo por tales todos los que excedan del concepto de alimentos previ
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