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Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, 153/2018, de 15 de marzo. Recurso 2644/2016

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/945131
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 La pensión compensatoria fijada por la Audiencia no puede ser revisada por la Sala, que no constituye una tercera instancia como reiteradamente se ha afirmado
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 No es objeto de debate la pensión compensatoria, ni la cuantía, solamente el límite temporal. Doctrina del TS sobre esta limitación y criterios que deben servir de pauta
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 Se casa la sentencia y se establece que la compensación fijada por dos años, debe serlo con carácter indefinido y sin limitación temporal alguna, pues con 60 años va a resultar difícil la previsión de superación del desequilibrio
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 Todo ello sin perjuicio de la posible modificación de esta medida en el futuro
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 Cuando no existe convicción de la superación del desequilibrio en el plazo establecido, lo oportuno es el establecimiento de una pensión compensatoria sin límite temporal y con carácter indefinido, como en este caso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador de los tribunales D. Vicente Castaño García, en nombre y representación de D.ª Amparo , formuló demanda de divorcio, contra D. Heraclio suplicando al Juzgado:
«1. La disolución por divorcio del matrimonio formado por mi representada, D.ª Amparo y su esposo, D. Heraclio .
»2. La atribución del uso de la vivienda familiar, sita en Elche, Partida de DIRECCION000 , Polígono NUM000 , núm NUM001 a l,a demandante enla que actualmente reside con sus dos hijas, así como el ajuar doméstico existente en la misma.
»3. El establecimiento de una pensión compensatoria por importe de MIL QUINIENTOS EUROS MENSUALES (1.500.-€;), sin limitación temporal, atendidas todas las circunstancias concurrentes. Cantidad que deberá ingresar en la cuenta bancaria que designe mi representada, por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes, con actualización anual conforme a las variaciones que experimente el Sistema de índices de Precios al Consumo, según los datos que publique el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que le sustituya.
»4. Se declare extinguido el régimen de separación de bienes que ha venido rigiendo el matrimonio.
»5. Se señale a favor de mi mandante, en concepto de justa compensación, una vez extinguido el régimen de separación de bienes vigente durante el matrimonio, la ca
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